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DGT: nuevos límites de velocidad en 2021

DGT: nuevos límites de velocidad en 2021

A partir del 11 de mayo se aplican unos nuevos límites de velocidad en toda España. Esto significa un cambio grande, que si no se cumplen, nos veremos expuestos a multas y posibles pérdidas de puntos. Se trata de una campaña de la DGT con el fin de tener un mayor control gracias a la instalación de nuevos radares.

Nuevos límites de velocidad generales

Es en el Real Decreto 970/2020 en el que se establecen los límites de velocidad y que permite así modificar el Reglamento General de Circulación.

Los nuevos límites de velocidad que hay que tener presentes son los siguientes:

Velocidad máxima de 20 km/h

Es la velocidad que se establece en tramos que tengan una única acera o calzada.

Velocidad máxima de 30 km/h

La velocidad de 30 km/h será la máxima para trasladarte en las vías de un único carril y único sentido de circulación.

Velocidad máxima de 50 km/h

Es la que se establece en los carriles que hay dos o más vías.

Si bien para muchos es algo nuevo, para otros no tanto pues son muchas las ciudades de España que llevan tiempo aplicando estos límites. Las que no los aplicaban comenzaron a aplicarlos a partir del 11 de mayo. Es la fecha límite que tiene cada jurisprudencia para su aplicación, por lo que los Ayuntamientos tendrán que haber cambiado la señalización de todas sus calles.

Mayor presencia de radares

Junto con este cambio general, se ha sabido que habrá un aumento de radares con el fin de controlar que se aplican estos límites de velocidad.

Esta nueva campaña de la DGT se lleva adelante en colaboración con la Guardia Civil y la Policía. Todo ello con el fin de disminuir la cantidad de accidentes y siniestros en carreteras.

Otro de los motivos que se buscan con su aplicación, es el reducir los atropellos de peatones, algo que pasa mucho en el centro de las ciudades. A todos esos motivos se le suman el hecho de que se quiera igualar la velocidad que circulan los distintos medios de transportes. El uso de bicicletas, motos y patinetes va en aumento y de esa forma, en las vías permitidas habrá una igualdad entre todos.

La fecha elegida para poner en marcha la campaña no es casual ya que mucho tiene que ver con el ingreso del nuevo clima a la ciudad.

¿Cuáles serán las multas por superar estas velocidades?

Así como se establecen unos nuevos límites de velocidad, también se estipulan unas nuevas multas y sanciones. Si no se cumple con lo establecido te verás realizando una multa grave o muy grave que tendrá una pena económica y pérdida de puntos.

Las sanciones van a variar según la velocidad en la que circules y el tipo de carretera:

Multas para velocidad de 20 km/h

Si vas por una vía en donde el límite de velocidad es de 20 km/h y la superas. Las sanciones serán las siguientes:
– De 21 a 40 km/h- 100 euros de multa.
– De 41 a 50 km/h- 300 euros de multa con pérdida de 2 puntos.
– De 51 a 60 km/h- 400 euros de multa y pérdida de 4 puntos.
– De 61 a 70 km/h – 500 euros de multa y pérdida de 6 puntos.
– Más de 71 km/h- 600 euros de multa con pérdida de 6 puntos.

Como puedes ver, a partir de los 61 km/h se considera una falta muy grave.

Multas para velocidad de 30 km/h

En las calles en donde la máxima de velocidad sea de 30 km/h y se sobrepase, las multas serán las siguientes:
– De 31 a 50 km/h- 100 euros de multa.
– De 51 a 60 km/h- 300 euros con 2 puntos.
– De 61 a 70 km/h- 400 euros con 4 puntos.
– De 71 a 80 km/h- 500 euros con 6 puntos.
– Más de 81 km/h- 600 euros con 6 puntos.

Multas para velocidad de 50 km/h

Las multas e infracciones en las calles de 50 km/h cuando se supere dicha velocidad son:
– De 51 a 70 km/h- 100 euros de multa
– De 71 a 80 km/h- 300 euros de multa y pérdida de 2 puntos.
– De 81 a 90 km/h- 400 euros de multa y pérdida de 4 puntos.
– De 91 a 100 km/h- 500 euros de multa con pérdida de 6 puntos.
– Más de 101 km/h- 600 euros con pérdida de 6 puntos.

¿Es posible perder el carnet de conducir?

Sí. En el caso de que un conductor llegue a superar los 60 km/h del límite establecido va a perder su carnet de conducir. En algunos casos se podría tener hasta pena de cárcel.

Todo ello queda recogido en el artículo 379 del Código Penal en el que se considera un delito y que podría implicar entre tres a seis meses de prisión o multa de seis a doce meses con trabajos comunitarios.

Ahora que conoces los nuevos límites de velocidad, cúmplelos para cuidarte a ti y al resto de conductores.