Una de las cosas a las que más hay que prestar atención cuando se está conduciendo, es a los ciclistas que van por carretera. Lamentablemente es uno de los motivos por los que hay más accidentes ya que no siempre se toman las precauciones necesarias. Es por ese motivo que desde la DGT se ha implementado una modificación en la Ley de Tráfico con el fin de tener una mayor seguridad vial.
Cómo adelantar a los ciclistas correctamente
Con el fin de evitar que haya accidentes que afecten tanto a los ciclistas como a los vehículos, la DGT cuenta con ciertas indicaciones y normativas.
En la actualidad, la Ley de Tráfico indica que los adelantamiento a cualquier tipo de ciclista se debe de hacer manteniendo una distancia de 1,5 metros en el lateral. Ahora se añade un punto extra al que ya estaba establecido y es que si se va en un tramo que haya dos carriles por sentido, hay que pasarse por completo al carril de al lado. Eso hará que la distancia con el ciclista sea aún mayor.
Otro punto que se mantiene es que cuando se tiene un carril por sentido, y se vaya a adelantar, hay que observar que no venga otro pelotón. De lo contrario, va a entorpecer la marcha de los mismos. Como consecuencia eso está penado en la Ley de Tráfico. Este punto también es válido para los casos en que los ciclistas circulan por la zona del arcén.
Esta pequeña modificación realizada ya ha sido aprobada y se espera que entre en vigor en las próximas semanas. Un punto que se ha solicitado pero que aún no ha sido aprobado es la velocidad. Se solicitaba que la velocidad del vehículo que vaya a adelantar a un ciclista no sea superior a los 20 km/h. Por el momento, este pedido no ha sido aprobado y habrá que intentarlo en una modificación futura.
Con esta modificación, cuando se tenga que ocupar el carril contiguo para adelantar y no se lo haga, se puede recibir una multa de hasta 200 euros. Si no se mantiene la distancia de 1,5 metros en las zonas de un único carril, también recibirán una multa de iguales características. Pero eso no queda allí, el poner en peligro al ciclista o motociclista, puede suponer la pérdida de cuatro puntos del carnet de conducir.
Cómo tienen que circular los ciclistas
No sólo los vehículos tienen una normativa que cumplir sino que también lo tienen los ciclistas. Es su responsabilidad cumplir con las normas establecidas por la DGT para mantener su seguridad y la de los otros.
Siempre deben de llevar casco y sin importar en qué tipo de carretera circulen, deben de ir por el arcén. Únicamente tendrán permitido invadir el carril en los casos en que hay un descenso prolongado o en donde deban hacerlo por su seguridad.
Otro punto fundamental que tienen que cumplir es el circular siempre en fila de a dos siempre y cuando no generen problemas de visibilidad. Cuando estén circulando por la noche, tendrán que tener las luces encendidas tanto delante como detrás. En caso de no tenerlas podrían tener una multa de unos 200 euros.
Otros puntos de la normativa actual
Lamentablemente, pocas personas conocen cómo funciona la normativa y cómo deben proceder para adelantar a ciclistas. Eso es lo que hace que del número de siniestros, el 80% sean personas vulnerables que o bien eran peatones, motoristas o ciclistas.
Junto con la modificación anterior y el cómo deben de circular los ciclistas, la ley recoge otros puntos fundamentales para la seguridad vial. Un ejemplo de ello es cómo deben de circular los ciclistas en las rotondas y glorietas. Deben saber que tendrán prioridad de paso y cuando circulan en grupo, hará el cruce el primero que haya entrado. Pero para ello, deben de indicarlo al resto de vehículos para que conozcan su recorrido.
Sobre el uso de autopistas y autovías, en las autopistas tienen prohibida la circulación. En las autovías podrán hacerlo quienes sean mayores de 14 años, vayan por el arcén y no exista ninguna señal de prohibición. Aquellos adelantamientos que se hagan dentro del mismo grupo, no se considerarán adelantamientos como tal, es decir, no tienen que cumplir con los requisitos de los vehículos.
Además de las luces delanteras y traseras, cuando se circula por la noche, se tiene que llevar una prenda reflectante. Lo mismo si se está en un lugar con escasa visibilidad.
En el momento que un agente lo requiera, los ciclistas están obligados, igual que los vehículos, a someterse a pruebas de alcohol y de drogas. Sea que se lo piden por un caso particular, un accidente, una infracción grave o se encuentren con un control preventivo.